Política Interna
de Formación
Con la finalidad de cumplir escrupulosamente con la Ley 5/2019, de 15 de Marzo, AGENCIA MEDITERRÁNEA DE INTERMEDIACIÓN Y ASESORAMIENTO S.L. (en adelante AGENCIA MEDITERRÁNEA), ha aprobado por acuerdo de la Junta General extraordinaria de la mercantil celebrada en el domicilio social de la misma en Valencia con fecha 15 de Julio del 2.019, la política a seguir en lo referente a la formación inicial y continuada con la que deberán contar todos los empleados y/o directivos que informen o comercialicen préstamos inmobiliarios directamente al prestatario o potencial prestatario.
En el caso de que cualquier empleado o directivo que hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2019, hubiera estado realizando funciones de información o comercialización de préstamos inmobiliarios directamente con prestatarios o potenciales prestatarios, contando con una experiencia mínima en el desarrollo de esta actividad de 5 años, y no pudiera acreditar los conocimientos y competencia mencionada en párrafo anterior, deberá estar supervisado por directivo que si cuente con la acreditación. Será el órgano de administración de la mercantil, quien designe al supervisor adecuado. Esta supervisión será, en todo caso, temporal hasta que el empleado o directivo obtenga la acreditación, y para ello tendrá un plazo límite improrrogable hasta el 16 junio de 2020.
Los empleados y directivos que estén informando o comercializando préstamos inmobiliarios directamente con prestatarios o potenciales prestatarios bajo supervisión, o los que vayan a realizar las citadas funciones una vez superada la formación y acreditación de la misma, contarán con la posibilidad, sin coste a su cargo, de realizar los cursos de formación y las pruebas de acreditación en la entidad o empresa formadora o universidad con las que AGENCIA MEDITERRÁNEA mantenga convenio de colaboración.
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