Política Interna

de Formación

Con la finalidad de cumplir escrupulosamente con la Ley 5/2019, de 15 de Marzo, AGENCIA MEDITERRÁNEA DE INTERMEDIACIÓN Y ASESORAMIENTO S.L. (en adelante AGENCIA MEDITERRÁNEA), ha aprobado por acuerdo de la Junta General extraordinaria de la mercantil celebrada en el domicilio social de la misma en Valencia con fecha  15 de Julio del 2.019, la política a seguir en lo referente a la formación inicial y continuada con la que deberán contar todos los empleados y/o directivos que informen o comercialicen préstamos inmobiliarios directamente al prestatario o potencial prestatario.

  • Cualquier empleado o directivo de AGENCIA MEDITERRÁNEA, que entre sus funciones o responsabilidades labores se encuentren la de informar sobre o comercializar préstamos inmobiliarios directamente al prestatario o potencial prestatario, deberá acreditar que posee conocimientos y competencia sobre las materias previstas en el artículo 32 bis de la Orden ECE/482/2019, de 26 de Abril, excepto la letra m), mediante la superación de módulos de formación con un mínimo de 50 horas, que podrá ser presencial o a distancia. La citada acreditación deberá ser realizada por entidades o empresas certificadoras, reconocidas por el Banco de España.

En el caso de que cualquier empleado o directivo que hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2019, hubiera estado realizando funciones de información o comercialización de préstamos inmobiliarios directamente con prestatarios o potenciales prestatarios, contando con una experiencia mínima en el desarrollo de esta actividad de 5 años, y no pudiera acreditar los conocimientos y competencia mencionada en párrafo anterior, deberá estar supervisado por directivo que si cuente con la acreditación. Será el órgano de administración de la mercantil, quien designe al supervisor adecuado. Esta supervisión será, en todo caso, temporal hasta que el empleado o directivo obtenga la acreditación, y para ello tendrá un plazo límite improrrogable hasta el 16 junio de 2020.

Los empleados y directivos que estén informando o comercializando préstamos inmobiliarios directamente con prestatarios o potenciales prestatarios bajo supervisión, o los que vayan a realizar las citadas funciones una vez superada la formación y acreditación de la misma, contarán con la posibilidad, sin coste a su cargo, de realizar los cursos de formación y las pruebas de acreditación en la entidad o empresa formadora o universidad con las que AGENCIA MEDITERRÁNEA mantenga convenio de colaboración.

  • Todo empleado y directivo que una vez acreditado realice funciones de información o comercialización de préstamos inmobiliarios directamente con prestatarios o potenciales prestatarios, estará obligado a recibir anualmente módulos de formación continuada de una duración mínima de 10 horas. La citada formación, que podrá ser presencial o a distancia, podrá ser impartida por representante designado de AGENCIA MEDITERRÁNEA, o mediante convenio con entidad o empresa formadora o universidad. Las fechas de las mismas se darán a conocer a cada uno de los empleados y directivos obligados a recibirla, con la antelación suficiente.

  • El presente plan de formación será revisado cada dos años.
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